Sobre las sentencias exhortativas, en la STC Nº 004-2004-CC se especifica que la exhortación puede concluir por alguna de las tres vías siguientes: • Expedición de la ley sustitutiva y reformante de la norma declarada incompatible con la Constitución. • La emisión de estas sentencias requiere de la mayoría calificada de votos de los miembros del Tribunal Constitucional(31). Que, según la jurisprudencia del Tribunal Constitucional, son básicamente 5) los tipos de despidos: i) El despido incausado; ii) El despido fraudulento; iii) El despido nulo; v) El despido colectivo; y vi) El despido con vulneración de derechos fundamentales. Nº 004-2004-CC, seguidos por el Poder Judicial contra el Poder Ejecutivo sobre conflicto de competencia, el Tribunal Constitucional propuso una tipología más compleja. INTRODUCCION
Todos esos tipos de sentencias se sustentan en la necesidad de no crear vacíos legislativos o generar peores efectos que los que se podrían producir con la declaración de la inconstitucionalidad de una disposición legal.
procesalistas, el contenido de las sentencias de los organismos especializa-dos en la solución de los conflictos derivados de la aplicación de las normas fundamentales, ya que los efectos … Ahora bien –siempre según el Tribunal Constitucional–, las sentencias interpretativas, cuyo fallo se pronuncia fundamentalmente respecto al contenido normativo, pueden ser, a su vez, estimatorias y desestimatorias. … La sentencia estimatoria tendrá por efecto “derogar” la norma declarada inconstitucional. Una submodalidad de este tipo de sentencias son las sentencias aditivas de principio. Recurso de Amparo núm. Por consiguiente, establece que en el futuro los operadores jurídicos estarán prohibidos de interpretar y aplicar aquella forma de interpretar declarada contraria a la Constitución. lima poder judicial sentencia del tribunal constitucional en lima, los 31 dias del mes de diciembre de 2004, reunido el. Y es esto precisamente lo que ha ocurrido en el caso del Tribunal Constitucional peruano que, por un lado, conoce en última y definitiva instancia, las resoluciones denegatorias de los procesos de hábeas corpus, amparo, hábeas data y acción de cumplimiento (artículo 202, inc. 2), es decir, los procesos constitucionales destinados a la protección de los derechos constitucionales de los ciudadanos en casos concretos; y, por otro lado, tiene la competencia de conocer, en instancia única, la acción de inconstitucionalidad, así como los conflictos de competencia o atribuciones entre los órganos del poder del Estado, es decir, los procesos constitucionales destinados a la protección abstracta del orden constitucional. Edgar Carpio, por su parte, se refiere al género sentencias manipulativas, dentro de las que agrupa a las sentencias interpretativas, aditivas, sustitutivas, de mera incompatibilidad y exhortativas. Se entiende por sentencia la resolución judicial definitiva, por la que se pone fin al proceso tras … • La Constitución normativa no solo se hace efectiva cuando se expulsa del ordenamiento la legislación incompatible con ella, sino también cuando se exige que todos los días las leyes deban ser interpretadas y aplicadas de conformidad con ella (sentencias interpretativas); cuando se adecua (o se exige adecuar) a estas a la Constitución (sentencias sustitutivas, aditivas, exhortativas); o cuando se impide que la Constitución se resienta sensiblemente por una declaración simple de inconstitucionalidad, no teniéndose en cuenta las consecuencias que esta genera en el ordenamiento jurídico (sentencias de mera incompatibilidad). Seguidamente reseñaremos algunos y, luego, expondremos nuestra propuesta de clasificación. BIBLIOGRAFÍA ALONSO GARCÍA, Manuel.
Resoluciones procesales de los jueces y tribunales. 3468/1997. En tal sentido, entre los numerales 28 a 35 de los fundamentos, el organismo jurisdiccional constitucional realiza una explicación sobre el carácter y la tipología de sus sentencias, en los términos reseñados seguidamente. MEJÍA ZAVALETA
Son los poderes públicos, pues, y no el ciudadano los protagonistas del procedimiento, y esos conflictos se resuelven mediante resoluciones con fuerza erga omnes; resoluciones que configurarían esencialmente al Tribunal Constitucional como un legislador negativo”(19). EL PODER DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL. Como sabemos, en los países europeo-continentales e iberoamericanos (pertenecientes a la familia de los sistemas jurídicos romano-germánicos), la principal fuente de Derecho es la ley y, solo secundariamente, la costumbre, la jurisprudencia o la doctrina. De otro lado, si bien es cierto en los sistemas romano-germánicos la importancia que tiene la ley como fuente formal de Derecho es fundamental –tanto que la palabra ley se usa, en una acepción amplia, como equivalente a Derecho o norma jurídica, en general–; también es cierto que, paulatinamente, se han empezado a incorporar, en tales sistemas jurídicos, elementos propios del common law, fenómeno que, como lo hemos señalado, se ha desarrollado, precisamente, como consecuencia inmediata de la labor interpretativa de los tribunales constitucionales. C) Vinculatoriedad. VIII. F. Recursos contra las sentencias de amparo. Existe una pluralidad de sentencias manipulativo-interpretativas: las sentencias reductoras, las aditivas, las sustitutivas, las exhortativas y las estipulativas. Definición de Sentencia. Ave. Gregorio Luperón, Santo Domingo Oeste, Provincia Santo Domingo, Rep. Dom. Tácitamente fluye de nuestra Constitución Política, que no existe estabilidad laboral absoluta. Tipos de sentencia en el ámbito penal . EL HÁBEAS CORPUS. Al ejercer este poder, según lo señala el propio Tribunal Constitucional peruano, la jurisdicción constitucional se constituye “en el elemento de equilibrio que garantiza el no retorno al absolutismo parlamentario, en el que, so pretexto de representar a ‘la mayoría’, se culmina por instaurar el dominio autocrático frente a quienes, ajenos al poder, no participan de los idearios del gobierno de turno”(20). CASO: EXP. SEMESTRE de DERECHO. N° EXP. ... Dirección: Av. SENTENCIA dictada por el Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en la Acción de Inconstitucionalidad 145/2021. Un aspecto que no debemos perder de vista es el relativo a que la juris-dicción constitucional se apoya en el concepto de la Constitución como norma jurídica, que destacó un estudio clásico del reconocido jurista español E. Gar C ía Lo que define a estas sentencias, entonces, es su carácter normativo; tan es así que incluso, para criticarlas, se afirma que con estas sentencias los tribunales constitucionales estarían arrogándose la potestad legislativa propia del poder legislativo y actuando como legisladores positivos. LEGITIMIDAD Y LÍMITES DE LAS SENTENCIAS NORMATIVAS, 1. También se precisa que existen sentencias exhortativas que, a diferencia de las descritas, no tienen efectos vinculantes. En este caso, la labor del juez constitucional es meramente “declarativa”, ya que se limita a aplicar la norma constitucional o los otros preceptos directamente conectados con ella. -Ministerio de Salud. Todas las sentencias del Tribunal Constitucional comienzan detallando la Sala o Sección que la dicta, la fecha, el tipo de procedimiento, el nombre del Presidente, las Partes …
Por otro lado, de conformidad con el artículo 35 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, Nº 26435, los fallos de este organismo jurisdiccional son vinculantes para todos los poderes públicos, y de manera específica para los jueces, pues estos, de conformidad con la primera disposición general de la misma ley, interpretan y aplican las leyes y toda norma con rango de ley y los reglamentos según los preceptos y principios constitucionales, conforme a la interpretación de los mismos que resultan de las resoluciones dictadas por el Tribunal Constitucional en todo tipo de procesos. 24 de febrero de 2021, las reclamantes ingresaron ante el Tribunal la reclamación en contra del Fisco de Chile; 9 de agosto de 2021, el Tribunal tuvo a Nissan Chile SpA como tercero coadyuvante de las reclamantes. Las siete sentencias más importantes del Tribunal Constitucional en 2016, según Legis.pe 1. -Derecho a la vida. Son, pues, sentencias normativas, sentencias a través de las cuales los tribunales constitucionales establecen normas jurídicas o mandatos generales de obligatorio cumplimiento, convirtiéndose en una fuente de Derecho alternativa a la legislativa. Sin embargo, junto a esas sentencias “típicas”, la jurisdicción constitucional, en diversas partes del mundo, fue incorporando nuevas modalidades de sentencias que no encajan dentro de la división convencional entre sentencias estimatorias y desestimatorias. II. En ese sentido, la sentencia indica que una parte de la ley impugnada es inconstitucional, en tanto no ha previsto o ha excluido algo. Sobre las sentencias aditivas, además de lo dicho anteriormente –en la STC Nº 010-2002-AI– se explicita que mediante estas se determina la existencia de una inconstitucionalidad por omisión legislativa, ante cuya ocurrencia se procede a “añadir” algo al texto incompleto, para transformarlo en plenamente constitucional. Características, efectos, suspensión. En tal entendido, se desestima la acción presentada contra una ley, o norma con rango de ley, previo rechazo de algún o algunos sentidos interpretativos considerados como infraccionantes (sic) de la Constitución; estableciéndose, asimismo, la obligatoriedad de interpretar dicha norma de conformidad con la interpretación declarada como única, exclusiva y excluyentemente válida. El recurrente solicita tutela a los derechos a la locomoción, a la presunción de inocencia y a la defensa, consagrados por los arts.
RECURSO DE HABEAS CORPUS, ENTRE FREDDY RODAS CONTRA JORGE GUTIERREZ ROQUE JUEZ CUARTO DE INSTRUCCIÓN EN LO PENAL Y RAMIRO LOPEZ, FISCAL DE MATERIA
Regístrate para leer el documento completo. • Dado que en la generalidad de los casos las sentencias aditivas e integrativas, buscan reparar la desigualdad derivada de aquello que se ha omitido prescribir en la disposición sometida a control, el fundamento normativo para declarar la inconstitucionalidad de la omisión descrita, a efectos de entender incluido en el supuesto normativo de la disposición al grupo originalmente discriminado, se encuentra en el artículo 2, inciso 2, de la Constitución, que proclama la igualdad ante la ley y proscribe todo tipo de discriminación; en su artículo 200, que reconoce el principio de razonabilidad (principio que transita y se proyecta a la totalidad del ordenamiento jurídico); y en el artículo 51, que exige la unidad constitucional del ordenamiento jurídico. Portal de TransparenciaContacto, Jr. Ancash Nro. Mediante las sentencias estipulativas el Tribunal Constitucional establece, en su parte considerativa, las variables conceptuales o terminológicas que utilizará para analizar y resolver una controversia constitucional. SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1239/04R
24 de la Constitución Española por la vulneración del derecho a la tutela judicial y la exigencia de motivación de las resoluciones judiciales en que incurre la sentencia de la Audiencia Nacional, al transcribir mecánicamente la fundamentación jurídica de las sentencias que resuelven los recursos En la segunda clasificación, las sentencias estimativas son las que declaran fundada una demanda de inconstitucionalidad. Organigrama De primera instancia: La decisión de un Juez puede … Iniciar sesión … (domingo García Belaunde, las sentencias constitucionales tienen dos aspectos importantes: los derechos fundamentales y jerarquía normativa)
Es decir, se considera que la disposición es inconstitucional en cuanto prevé una cosa determinada, debiendo haberse previsto otra cosa para que sea constitucionalmente conforme. La operación ablativa o de exégesis consiste en reducir los alcances normativos de la ley impugnada “eliminando” del proceso interpretativo alguna frase o hasta una norma cuya significación colisiona con la Constitución. Ramo: Introducción al Derecho Público
• De conformidad con el artículo 45 de la Constitución, el Tribunal Constitucional debe actuar con las responsabilidades que la norma fundamental exige. Sentencia tribunal constitucional exp. 184 de la Constitución de la República y los Arts. Las sentencias “manipulativas” o “atípicas”. Conforme explica López Guerra, al declarar la inconstitucionalidad de una ley, el Tribunal Constitucional no introduce su voluntad en lugar de la voluntad parlamentaria, sino, vuelve a un statu quo anterior, que puede ser reformado o reconfigurado únicamente por el legislador, siempre que se ajuste a los parámetros constitucionales o reforme estos parámetros. TIPOLOGÍA DE NUESTRAS SENTENCIAS CONSTITUCIONALES 577 precepto legal, esto es, las letras y frases que integran un dispositivo legal; por norma , en cambio, se entiende el sentido o los sentidos interpretativos que de dicho enunciado lingüístico se puedan derivar. El amparo colectivo. • No cabe dictarlas cuando, advertida la inconstitucionalidad en la que incurra la ley impugnada, y a partir de una adecuada interpretación del texto constitucional y del análisis de la unidad del ordenamiento jurídico, exista más de una manera de cubrir el vacío normativo que la declaración de inconstitucionalidad pueda generar. Tel. 2. Es imperativo para la etapa de juicio, contemplar si la persona sujeta a proceso, conoció de los hechos materia de la acusación, … Son … LAS SENTENCIAS DE LOS TRIBUNALES CONSTITUCIONALES EN EL ORDENAMIENTO... 189 7. Ello implica que la referida inaplicación abarca a determinadas situaciones, hechos, acontecimientos o conductas originalmente previstas en la ley; o se dirige hacia algunos derechos, beneficios, sanciones o deberes primicialmente previstos. * Monroy Cabra: la sentencia constitucional es el acto procesal con el cual culmina el proceso constitucional,... ...
Nº … En efecto, “(…) a diferencia de los altos órganos de la jurisdicción ordinaria, los miembros de los Tribunales Constitucionales suelen ser, total o mayoritariamente, designados por instancias parlamentarias. De allí viene la clasificación de las sentencias de inconstitucionalidad en estimatorias y desestimatorias, según el fallo declare fundada o infundada la pretensión de inconstitucionalidad. Registro 610. Se dan sobre todo en el ámbito civil, laboral o social. Está presente en la sentencia transcrita parcialmente el principio del venire contra factum proprium non valet, concreción de varios principios jurídicos esenciales, como los de buena fe, seguridad jurídica y respeto a la confianza legítima. En el caso de la desestimación por sentido interpretativo se declara la constitucionalidad de una ley cuestionada, en la medida que se la interpreta en el sentido que se considera adecuado, armónico y coherente con el texto fundamental. El tribunal encargado de conocer este tipo de procesos es la Corte de Constitucionalidad. Respecto a las sentencias sustitutivas, se aclara respecto a lo manifestado anteriormente, que la norma incorporada en reemplazo de la parte de la ley declarada inconstitucionalidad, es decir, la “parte sustituyente”, no es otra que una norma ya vigente en el ordenamiento jurídico. El ejercicio de una acción de nulidad del laudo por vulnerar el orden público tiene un alcance limitado. • Conclusión de la etapa suspensiva y, por ende, aplicación plenaria de los alcances de la sentencia; situación que ocurre cuando el legislador ha incumplido con dictar la ley sustitutiva dentro del plazo expresamente fijado en la sentencia. En tal caso, no se declara la inconstitucionalidad de todo el precepto legal, sino solo de la omisión, de manera que, tras la declaración de inconstitucionalidad, será obligatorio comprender dentro de la disposición aquello omitido. 3.2.2. El objeto de estos apuntes es reflexionar sobre la mencionada controversia, para lo cual, en primer término, resulta necesario delimitar lo que entendemos por sentencias normativas y conocer su tipología. ...DOCENTE: DR, WILLIAMS DAVILA SALCEDO
Los Tribunales Superiores de Justicia Las Audiencias Provinciales Los Juzgados de lo Penal, de lo Contencioso Administrativo, de lo Social, de Menores y de Vigilancia Penitenciaria Los Juzgados de Primera Instancia e Instrucción Los Juzgados de Paz El Tribunal Constitucional Organización jerárquica de los Juzgados y Tribunales. En tal sentido, el Tribunal Constitucional acierta al utilizar la denominación “sentencias normativas” como alternativa a “sentencias interpretativas-manipulativas”. En efecto, a diferencia de términos como interpretativo (que significa “perteneciente o relativo a la interpretación” o “que sirve para interpretar algo”), aditivo (“que puede o que debe añadirse”), sustitutivo (“que puede reemplazar a algo en el uso”) o exhortativo (sinónimo de exhortatorio, “perteneciente o relativo a la exhortación”); los vocablos “manipulativo” o “manipulatorio” no existen en nuestro idioma; son, pues, barbarismos derivados del verbo manipular.
No somos más un sistema dominado por el common law; nos hemos convertido en un sistema en el cual los reglamentos son la fuente primordial de la ley”(35). Correo GmailGobierno AbiertoIntranet InstitucionalVentanilla AdministrativaVentanilla JurisdiccionalMesa de Partes VirtualVerificador de Documentos En el caso de la desestimación por rechazo simple se resuelve declarar infundada la demanda presentada contra una parte o la integridad de una ley o norma con rango de ley. En dicha hipótesis, la inconstitucionalidad se produce por la colisión entre el texto de una ley o norma con rango de ley y una norma, principio o valor constitucional. En el numeral 33 de los fundamentos de la referida sentencia, se menciona que esta es una “sentencia estipulativa”, puesto que expone los conceptos, alcances y efectos de ella, de manera que, más adelante, ya no tenga que volver a explicarlos. Las sentencias que la Corte emite al resolver sobre estos procesos tienden a ser estimatorias (con lugar la inconstitucionalidad) o desestimatorias (sin lugar la inconstitucionalidad), pero esto no siempre es así. B) Efectos generales y particulares. 1. Mediante la sentencia expedida en el Exp. Esto significa que, a diferencia de la competencia del Congreso de la República de crear derecho ex novo dentro del marco constitucional (artículos 90 y 102, inciso a, de la Constitución), las sentencias interpretativas e integrativas solo pueden concretizar una regla de derecho a partir de una derivación directa de las disposiciones de la Constitución e incluso de las leyes dictadas por el Parlamento “conforme a ellas”. Su consecuencia jurídica específica la eliminación o expulsión de la norma cuestionada del ordenamiento jurídico, mediante una declaración de invalidez constitucional. 3.2.3. “Por un lado, un contenido ablatorio, es decir, anulatorio, mediante el cual se demuele una parte de la disposición; y de otro, un contenido reconstructivo, mediante el cual la disposición aparece con un contenido que la torna compatible con la Constitución”(13). 184 y 183 del Código Orgánico de la Función Judicial, luego de haber sido nombrados y posesionados como Jueces de la Corte Nacional de En efecto, la fuerza normativa de la Constitución, establecida por el artículo 51, y las responsabilidades constitucionales con las que deben actuar los poderes públicos, a las que se refiere el artículo 45 de la Constitución, son las que, en última instancia, otorgan fundamento constitucional al dictado de sus sentencias interpretativas e integrativas, y son, a su vez, las que limitan los alcances y oportunidad de su emisión. * Ex presidente del Tribunal Constitucional del Perú. En lo referente a los efectos del fallo respecto de las personas, las sentencia de los tribunales constitucionales y específicamente en el caso colombiano pueden tener efectos inter partes, lo que ocurre en la acción de tutela revisada, afectando la sentencia sólo a las partes que han actuado en el respectivo proceso; o pueden tener efectos erga omnes, si la decisión es … De este modo –explica López Guerra–, progresivamente se confirma que la tarea crucial que los tribunales constitucionales deben llevar a cabo es la interpretación de los preceptos constitucionales, con el objeto de suministrar a los jueces, legisladores, abogados y funcionarios criterios orientadores generales relativos, no solo al sentido de las cláusulas constitucionales, sino, aún más decisivamente, a cómo deben interpretarse y aplicarse las leyes ordinarias para que esa interpretación y aplicación se adecuen a los mandatos de la Constitución(22)(23). Profesor universitario. Las sentencias reductoras señalan que una parte del texto cuestionado es contraria a la Constitución, y ha generado un vicio de inconstitucionalidad por su redacción excesiva y desmesurada. sentencias del Tribunal Constitucional pueden clasificarse en sentencias denominadas interpretativas, por el que, los tribunales constitucionales evitan crear vacíos y lagunas de … E. La sentencia de amparo. De otro lado, también a diferencia de los jueces ordinarios, “(…) el mandato del juez constitucional suele ser un mandato temporalmente limitado. Finalmente, el propio Tribunal Constitucional establece, en el fallo de la sentencia citada, que los referidos criterios constituyen precedentes vinculantes para todos los poderes públicos, de conformidad con el artículo VII del Código Procesal Constitucional. Mediante estas sentencias se declara que la ley no es inconstitucional en su totalidad, sino en alguna o algunas de sus formulaciones lingüísticas. La elaboración de dichas sentencias está sujeta alternativa y acumulativamente a dos tipos de operaciones: la ablativa y la reconstructiva. Junio/2012
-Cuarta Sala civil de la Corte Superior de Justicia. Asimismo, incluimos en nuestro análisis a las denominadas sentencias desestimativas por sentido interpretativo, toda vez que este tipo de sentencias –de acuerdo a la descripción realizada por el propio Tribunal Constitucional– establecen la obligatoriedad de interpretar una norma de conformidad con la interpretación declarada como única, exclusiva y excluyentemente válida por el órgano de control constitucional; es decir, emiten una “norma jurídica” o “regla de derecho” de carácter general que tendrá que ser aplicada obligatoriamente por los operadores del Derecho. ALUMNO: JUAN FERNANDO MAIDANA CAYA
PRINCIPIOS FUNDAMENTALES DE TODA SENTENCIA DE CONSTITUCIONALIDAD. 209 – San Isidro – Lima / Teléfono: (01) 4403589, Av. En la misma sentencia estipulativa expedida en el Exp. Posteriormente, en los fundamentos 53 a 59 de la sentencia expedida en el Exp. las sentencias interlocutorias y estimatorias, forman parte de un ostentoso grupo de acontecimientos jurídico-dogmático, si bien las estimatorias albergan un más extenso universo en cuanto a jurisprudencia nacional, las interlocutorias por otro lado, cumplen con llegar a un fin especifico propiciando las correctas herramientas en ejercicio del …
¿Qué […] A lo señalado por el Tribunal Constitucional, nos parece oportuno añadir algunos elementos que, a nuestro juicio, también contribuyen a sostener la legitimidad que el órgano de control de la constitucionalidad tiene para emitir sentencias normativas. De este largo catálogo de tipos de sentencias, las que nos interesan, principalmente, son las que el tribunal ha agrupado bajo la denominación sentencias interpretativas-manipulativas o sentencias normativas. Una misma y única realidad no puede dar lugar, o no debería de dar, a respuestas contradictorias. A través de las sentencias interpretativas los tribunales constitucionales evitan crear vacíos y lagunas de resultados funestos para el ordenamiento jurídico y, además, permiten disipar las incoherencias, galimatías, antinomias o confusiones que puedan contener normas con fuerza o rango de ley. Ello supone que la disposición tenga al menos dos opciones interpretativas, una de las cuales sea conforme con la Constitución. En cambio, en los sistemas jurídicos anglosajones, basados en el common law, aunque también la ley es fuente de Derecho, tradicionalmente ha sido la jurisprudencia la principal fuente de Derecho. Ahora bien, la praxis constitucional reconoce una pluralidad de formas y contenidos sustantivos de una sentencia desestimativa. Denominación adoptada por el Dr. Rodrigo Escobar Gil, en “La modulación de Sentencias de Control Constitucional”, en Tribunal Constitucional del Ecuador, comp., Jornadas internacionales de derecho constitucional, Quito, 2007, p. 236 Denominación adoptada por Iván Vila Casado en Nuevo derecho constitucional, Bogotá, Ediciones … * Sentencia del Tribunal Constitucional 154/2002, de 18 de julio. 7 inc. g) y 16.I y II de la CPE, denunciando que... ...I. Sin embargo “[el] problema es más complejo en lo que se refiere a la función de introducción de criterios interpretativos de la Constitución y de las leyes, como ocurre cuando el Tribunal Constitucional introduce mandatos al legislador, o mandatos de carácter general a los órganos jurisdiccionales y administrativos.
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